En nuestro país se han dictado normas legales y reglamentarias tendientes al control de los precios de transferencia fijados en transacciones entre compañías vinculadas. La normativa vigente, con efectos a partir del 31 de diciembre de 1998, está basada en los lineamientos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico que contempla una metodología para la comprobación de los precios de transferencia que es de aplicación en el ámbito internacional, pues está incluida en las legislaciones de otros países.
De acuerdo con las regulaciones de nuestro país, los sujetos comprendidos están obligados a presentar, junto con la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias, una declaración jurada complementaria con información de las distintas transacciones llevadas a cabo entre empresas vinculadas que involucran un análisis de los precios de transferencia.
Además, se fija la obligación de conservar los comprobantes y respaldos probatorios que justifiquen los precios de transferencia consignados en la citada declaración jurada, los métodos empleados en la determinación de los mismos y los criterios de comparación utilizados para concluir que el método empleado resulta el más apropiado para la operación.
En KPMG contamos con experiencia y conocimiento para guiar a nuestros clientes en el proceso de relevamiento, presentación y respaldo de la información vinculada con los precios de transferencia, con el objeto de cumplimentar las normas legales.