Particularmente la SVS, agrupó las distintas sociedades inscritas en sus registros, para plantear un calendario de convergencia a partir del año 2009 él cual culmina en el año 2012. Otras entidades reguladoras como la SBIF, la Superintendencia de Pensiones (SP), y la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), también adoptaron el proceso de convergencia a IFRS.
Por otra parte, a fines del año 2010, el Colegio de Contadores de Chile emitió los boletines técnicos, informando que la aplicación de las IFRS o de las denominadas “IFRS para entidades pequeñas y medianas” (IFRSPYME) será de aplicación obligatoria a partir del año 2013. Lo anterior conlleva a las empresas a anticiparse al proceso de conversión para asegurar su cumplimiento en el año 2013 y presentar información comparativa, considerando como fecha de transición el 1 de enero de 2012. Sin perjuicio de estas disposiciones, la adopción temprana de la normativa internacional está totalmente permitida.