Novedades Provinciales
El régimen de facilidades establecido por la Ley N° 6889 para contribuyentes locales y del Convenio Multilateral, alcanza a todas las obligaciones impositivas omitidas por períodos fiscales comprendidos hasta el 29 de febrero de 2012.
El acogimiento podrá formularse hasta el 30 de noviembre de 2012, inclusive.
Se incorpora a la prórroga del régimen de beneficios tributarios dispuestos para zonas declaradas de emergencia o desastre económico y social para los anticipos del 7 al 10 del período fiscal 2012, a ciertas actividades vinculadas con el expendio de comidas y bebidas y las relacionadas con la gastronomía turística.
Se prorroga por única vez, hasta el día 14 de diciembre de 2012 inclusive, el vencimiento del plazo para la presentación de la solicitud de acogimiento al régimen excepcional, general y temporario de facilidades de pago establecido por la ley N° 8520.
El presente constituye una síntesis de las disposiciones a las cuales hace referencia. Recomendamos comparar las normas comentadas con los textos originales no abreviados.
La información contenida en el presente documento es de índole general y no tiene por objeto analizar las circunstancias de cualquier persona o entidad en particular. Si bien nuestra misión consiste en brindar información precisa y oportuna, no es posible garantizar que dicha información lo sea en el momento en que se recibe o siga siéndolo en el futuro. Ninguna persona debería actuar sobre la base de dicha información sin el correspondiente asesoramiento profesional al cabo de un análisis exhaustivo de la situación en particular.